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Corte Constitucional explica por qué declaró exequible prohibición de uso de animales en espectáculos circenses (9:35 a.m.)

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19 de Mayo de 2014

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La Corte Constitucional estableció que el Gobierno debe fijar un régimen de transición para que los animales silvestres que actualmente hacen parte de espectáculos circenses puedan readaptarse al entorno natural. Esto frente a la decisión mediante la cual declaró exequible la prohibición de uso de estas especies en estas manifestaciones culturales (artículo 1º de la Ley 1638 del 2013). Este régimen, dice, debe comprender la contratación de zootecnistas, veterinarios y otros especialistas. Adicionalmente, la Sala resaltó que se trata de una limitación que solo cobija a animales nativos o exóticos. La decisión del alto tribunal se basa en el trato digno que los seres humanos están obligados a ofrecer a las demás especies vivientes. Los magistrados María Victoria Calle, Nilson Pinilla y Jorge Iván Palacio aclararon el voto, por considerar que lo propio era acoger la tesis original de la ponencia, según la cual los animales debían ser reconocidos como sujetos de ciertos derechos fundamentales (M. P. Jorge Iván Palacio).

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