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Corte Constitucional explica por qué declaró exequible norma que excluye a Bogotá del régimen de áreas metropolitanas (4:30 p.m.)

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31 de Marzo de 2014

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La Corte Constitucional determinó que la norma que excluye a Bogotá y sus municipios conurbados del régimen de áreas metropolitanas no constituye una omisión legislativa relativa. De ahí que el parágrafo del artículo 1º y el artículo 39 de la Ley 1625 del 2013 hayan sido declarados como ajustados a la Carta Política de 1991. En criterio de la sala, los regímenes respectivos al Distrito Capital y municipios circunvecinos de Cundinamarca requieren de una ley especial, por cuanto resulta razonable que no hayan sido incluidos en esta legislación. La Procuraduría había coincidido con esa postura y había solicitado además que se exhortara al Congreso a expedir la legislación requerida para la capital y los demás entes territoriales excluidos de la disposición demandada (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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