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Corte Constitucional establece condiciones de reparación administrativa para víctimas de desplazamiento forzado (9:35 a.m.)

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08 de Octubre de 2013

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La Corte Constitucional concluyó que 27 salarios mínimos mensuales son el tope legal establecido para la indemnización administrativa a la que tienen derecho las víctimas de desplazamiento forzado. Ello porque este tipo de resarcimiento se debe fijar de acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 5º del Decreto 1290 de 2008 y no bajo los límites que imponga la jurisdicción contencioso administrativa, señala la providencia. La corporación ordenó diseñar, ejecutar y otorgar las diferentes medidas de reparación integral que ofrece la Ley 1448 del 2011 e iniciar las actuaciones necesarias para incluir a los accionantes en las listas de beneficiarios de esquemas de restitución de tierras, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición (M. P. Jorge Iván Palacio).

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