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Corte Constitucional declara exequible sancionar actos de discriminación racial, sexual, política y religiosa (1:46 p.m.)

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04 de Septiembre de 2014

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La Corte Constitucional declaró exequibles los nuevos apartes demandados de la Ley Antidiscriminación, que permiten imponer sanciones penales y disciplinarias por actos de racismo o manifestaciones agraviantes relacionadas con la orientación de género, política o religiosa de las personas (artículos 3º y 4º de la Ley 1482 del 2011). Aunque la Sala Plena hizo una serie de recomendaciones que serán dadas a conocer próximamente, la corporación no consideró que se tratara de medidas excesivas para eliminar este tipo de comportamientos. La Procuraduría manifestó que los inconvenientes en la aplicación del texto atacado no radicaban en la falta de inclusión de la población en condición de discapacidad, como lo sostenía el demandante, sino en la falta de determinación y en la probable limitación al ejercicio de la libertad de expresión.

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