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Corte Constitucional declara exequible prohibición a EPS para invertir recursos de la salud en activos fijos (9:40 a.m.)

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10 de Mayo de 2013

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La Corte Constitucional dio su visto bueno a la norma que establece una prohibición a las EPS para invertir recursos destinados a la salud en activos fijos y, en cambio, las obliga a destinar estos recursos de procedencia pública, única y exclusivamente, en la prestación de servicios de atención médica. El alto tribunal declaró exequible el artículo 23, inciso 2º, de la Ley 1430 del 2011, al precisar que los gastos administrativos no pueden ser invertidos totalmente en la promoción de procesos de integración vertical. Para la Sala Plena, esta restricción es razonable y proporcionada, pues va encaminada a la protección del derecho a la salud (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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