Corte Constitucional avaló facultades otorgadas a Superfinanciera para vigilar a operadores de la PILA (10:46 a.m.)
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28 de Febrero de 2013
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La Corte Constitucional respaldó la misión entregada a la Superintendencia Financiera para vigilar a las entidades operadoras de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA), al declarar exequibles los artículos 73, 74, 75 y 76 del Decreto-Ley 019 del 2012 (Decreto-Ley Antitrámites). La Sala Plena determinó que el Presidente de la República no excedió las facultades excepcionales conferidas por el artículo 75 de la Ley 1474 del 2012. La corporación concluyó que la norma cumplía con los fines de estos empoderamientos especiales en cabeza del jefe del Ejecutivo, encaminados a eliminar trámites innecesarios. El examen de la Corte coincidió con la postura de la Procuraduría, que sugirió declarar exequibles las normas demandadas (M. P. María Victoria Calle).
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