Coronavirus (covid-19), Autoridades deben garantizar refugio a habitantes de calle para aislarse durante la pandemia
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27 de Mayo de 2021
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La vulnerabilidad de los habitantes de la calle “se ha acentuado y profundizado en el contexto de la emergencia sanitaria” derivada de la pandemia de covid-19. Este supuesto sirvió para que la Corte Constitucional amparara los derechos de estos ciudadanos con el fin de garantizar un espacio para hacer frente a las medidas sanitarias y de aislamiento adoptadas durante la pandemia. Para la Corte, dicha vulnerabilidad se manifiesta a través de “la incapacidad de cumplir con el distanciamiento físico o no contar con acceso suficiente al agua y el saneamiento básico”. A lo anterior se suma que “los habitantes de calle corren más riesgo de enfrentarse a la propagación en la comunidad, son una población de alto riesgo médico con altas tasas de enfermedades respiratorias, (…) y carecen de acceso en condiciones de equidad al sistema de salud”. Explicó que “[e]sta situación de vulnerabilidad de los habitantes de calle exige que el Estado adopte medidas afirmativas que atiendan a esa situación de exclusión social, y que promuevan condiciones equitativas para morigerar (si es imposible suprimir) los especiales riesgos e impactos que tiene la pandemia en los habitantes de calle”. Concluyó que solo a través de la provisión de un albergue por parte del Estado podrán “hacerse efectivos en el contexto de la emergencia sanitaria los mandatos de solidaridad, dignidad humana e igualdad material que (…) constituyen el fundamento de las obligaciones estatales respecto de los habitantes de calle”. La Corporación dio efectos inter comunis a su decisión (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).Noticia generada en May. 27/21Información relacionada:Habitantes de la calle tienen derecho a refugio para aislarse durante la pandemia
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