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Contribuyente puede usar exclusión de IVA y descuento en renta por equipos relacionados con el medio ambiente (10:10 a.m.)

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10 de Noviembre de 2017

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Si los equipos y elementos a que se refiere el numeral 7 del artículo 424 del Estatuto Tributario, es decir, aquellos destinados a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo necesarios para el cumplimiento de disposiciones ambientales revisten, a la par, la connotación de inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente, de acuerdo con lo señalado en los artículos 255 ibídem y 1.2.1.18.53 del Decreto 1625 del 2016 (DUR del sector Tributario), el contribuyente puede hacer uso de ambos incentivos, ya que no se presenta el fenómeno de la concurrencia de beneficios fiscales. En efecto, precisó la Dian, mientras la primera norma consagra exclusiones en el impuesto sobre las ventas, las segundas prevén un descuento para efectos de renta, de manera que no se configura el concurso de factores de depuración originados por un hecho económico en la depuración del mismo tributo. 

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