Contratos de Fonade pueden ser examinados bajo normas de derecho privado (8:21 a.m.)
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27 de Abril de 2015
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Así lo indicó el Consejo de Estado al recordar que el parágrafo del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 establece que los contratos celebrados por entidades financieras estatales no deben estar sujetos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Así, dado que el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, contenido en el Decreto-Ley 663 de 1993, contempla a este organismo como una de las entidades de régimen especial organizada bajo la estructura de empresa industrial y comercial del Estado vinculada al Departamento Nacional de Planeación, los convenios que celebre deben ser analizados a través del régimen privado (C. P. Hernán Andrade).
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