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Seguimiento al gran debate constitucional sobre uso de glifosato para erradicación de cultivos ilícitos

La Corte Constitucional adelanta una importante audiencia pública de seguimiento a las órdenes de la Sentencia T-236 del 2017.
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07 de Marzo de 2019

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En estos momentos, la Corte Constitucional lleva a cabo una importante audiencia pública que hace seguimiento a las órdenes de la Sentencia T-236 del 2017, allí se fijaron unos requisitos obligatorios para que el Consejo Nacional de Estupefacientes reactivara la fumigación de cultivos ilícitos con glifosato.

 

 

El alto tribunal, presidido por el magistrado Alberto Rojas Ríos, estudiará las posturas del representante del Consejo Comunitario Mayor de Nóvita (COCAMAN) y del Gobierno Nacional, a cargo del presidente de la República, Iván Duque Márquez y titulares de diversos ministerios.

 

Estos últimos contarán con una hora para rendir los informes y presentar los documentos relacionados con los avances y obstáculos en el desarrollo de las órdenes, en especial sobre el estado de las aspersiones con glifosato. (Lea: Glifosato: ¿#productodefectuoso, #recall, #campañadeseguridad?)

 

Después participarán los gobernadores de los departamentos de Nariño y Antioquia, dos de los entes territoriales más afectados por los cultivos de uso ilícito. Los ejes temáticos de la audiencia y sus respectivos objetivos son:

 

Los riesgos de la utilización del glifosato en la salud de las personas. Tiene como objetivo establecer:

 

(i) Evidencia científica, actuales investigaciones y nuevos hallazgos sobre los efectos del glifosato en la salud humana y en la biodiversidad vinculada al ser humano.

 

(ii) Evaluación de las políticas públicas de salud referidas a la atención de los riesgos en la vida humana por la utilización del glifosato.

 

Las afectaciones del glifosato en el ambiente, naturaleza, fuentes de agua, vegetación y animales. Las intervenciones se concretaran en:

 

(i) Estudios de caso recientes en los que se hayan evaluado las consecuencias o beneficios en la utilización del glifosato, en relación con el medio ambiente, las fuentes de agua, la vegetación y los animales.

 

(ii) Las diferencias en la utilización de glifosato como fertilizante y como insumo para la erradicación de cultivos. Asimismo, las consecuencias e incidencia de su uso en el ambiente, naturaleza, fuentes de agua, vegetación y animales.

 

Seguridad y defensa:

 

(i) Métodos de erradicación de cultivos ilícitos, las alternativas que no han sido utilizadas y la evaluación de su compatibilidad con el respeto de los derechos de las personas y las comunidades.

 

(ii) Si existe aumento de cultivos ilícitos en el país. De ser así, documentar si ello se debe exclusivamente a la determinación de suspensión de la aspersión aérea con glifosato y cuáles son los efectos colaterales que se han identificado con tal medida.

 

Cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de solución al problema de los cultivos ilícitos y la construcción de paz. Los intervinientes expondrán:

 

(i) Cuáles son los avances o dificultades en la implementación de los programas de sustitución de cultivos ilícitos que se están desarrollando en el país.

 

(ii) Cuáles son los Departamentos más afectados por cultivos ilícitos y qué implicaciones tiene a nivel territorial la aspersión aérea con glifosato, especialmente a las zonas con mayor presencia de grupos armados.

 

(iii) Cuáles son los obstáculos de carácter socio-económico que enfrentan las comunidades campesinas, durante la implementación de los programas de sustitución de cultivos ilícitos.

 

Esto dice la jurisprudencia sobre la fumigación con glifosato

 

En el 2015, el Consejo Nacional de Estupefaciente (CNE) había tomado la decisión de suspender la aspersión con glifosato y darle un nuevo enfoque a la lucha contra las drogas. (Lea: Consejo Nacional de Estupefacientes suspende aspersiones con glifosato sobre cultivos ilícitos).

 

Lo anterior atendiendo la recomendación del Ministerio de Salud, con base en un informe de la Organización Mundial de la Salud y una decisión de la Corte Constitucional, que pedía suspender el uso de ese producto, en aplicación del principio de precaución contenido en la Carta Política.

 

Los lineamientos recientes del alto tribunal constitucional.  Dan una guía para entender el paquete de medidas que estaría próximo a implementar el presidente Iván Duque.

 

En las sentencias T-236 del 2017 y la T-300 del 2018 se concluyó que existen elementos para afirmar, provisionalmente, que el glifosato es una sustancia tóxica que, dependiendo del nivel de exposición, puede causar cáncer u otras afectaciones a las células humanas.

 

También que el uso de este herbicida podría estar relacionado con el aumento de afectaciones de salud en los municipios donde se utiliza. A pesar de las posibles objeciones metodológicas contra algunas investigaciones sobre su uso, la Corte ha ordenado una mayor actividad de investigación científica por parte de las autoridades públicas para establecer los distintos tipos de riesgo y mitigarlos.

 

“El nivel de riesgo depende, en gran medida, de la probabilidad de exposición accidental de la población civil, que teóricamente, y a primera vista, debe disminuir en los casos de aspersión terrestre. En estos casos habrá menor probabilidad de deriva y es posible que luego de una aspersión terrestre las personas sean alertadas sobre la presencia de residuos de glifosato en un predio con cultivos de coca, de tal forma que eviten el contacto con la mezcla depositada”, ha previsto la alta corporación.

 

En todo caso, la disminución del riesgo dependerá de las condiciones específicas de planeación, implementación y seguimiento del programa, que deberán definir las autoridades pertinentes.

 

La Corte ha encontrado que aunque se han considerado distintas alternativas, como la erradicación manual y los programas de sustitución de cultivos, el Gobierno no ha determinado el costo-efectividad de estas medidas. Por este motivo es imposible determinar si la aspersión con glifosato, sea aérea o terrestre, es la más adecuada para cumplir el fin propuesto por la actual política de lucha contra las drogas.

 

De ahí que considere que un programa de aspersión de cultivos de coca con un producto tóxico debe ser objeto de consulta previa cuando afecte a comunidades étnicas diferenciadas y, así mismo, sustentando por estudios serios y científicos que permitan evidenciar que al implementar este método de erradicación los habitantes no encuentren vulnerados sus derechos a la salud y a un ambiente sano.

 

Finalmente, señala que el hecho de que los distintos programas de aspersión se encuentren sujetos a licencia ambiental y requieran un plan de manejo ambiental es evidencia de que generan el tipo de impactos que la jurisprudencia ha calificado como afectación directa.

 

“Presuntamente cancerígeno”

 

A toda esta polémica se suma una decisión judicial adoptada, a finales del año pasado, por un jurado de California (EE UU), en la que se condenó a Monsanto, una multinacional estadounidense productora de agroquímicos y biotecnología para la agricultura, hoy propiedad de Bayer, a indemnizar con US $ 289 millones a un ciudadano que sostuvo que el linfoma no Hodgkin incurable que padece fue adquirido durante su actividad laboral por la continua exposición a uno de sus productos, el cual contenía glifosato.

 

Segú revelaron diarios españoles como El País o La Vanguardia, la demanda estuvo fundamentada en la investigación del Centro Internacional de Investigación del Cáncer, un organismo de la OMS que catalogó a ese herbicida como “probablemente cancerígeno” en el 2015, la misma que, en su momento, motivó al máximo juez de la Carta Política colombiana dar prevalencia al principio de precaución.

 

Aunque Monsanto apeló el fallo, parece probable que en la nueva instancia se le siga reprochando haber omitido la advertencia sobre el riesgo para la salud que implica usar productos con glifosato, desatención que para el jurado resultó ser “un factor sustancial” en la enfermedad del jardinero.

 

Ahora bien, el debate en Colombia se concentrará en la posibilidad de usar este herbicida atendiendo las recomendaciones que el alto tribunal dejó en sus decisiones de tutela.

 

Desarrollo de la audiencia

 

Estos han sido las principales y las primeras consideraciones que ha escuchado la alta corporación judicial en el desarrollo de esta audiencia.

 

 

 

 

 

 

 

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