General
Relatores para la libertad de expresión, preocupados por programas de vigilancia
Es necesario que los Estados revisen su legislación, para establecer límites a la potestad de vigilar las comunicaciones privadas, así como la necesidad y proporcionalidad de esta medida.25 de Junio de 2013
El pasado 21 de junio, los relatores especiales para la libertad de expresión Frank La Rue, de las Naciones Unidas, y Catalina Botero, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, presentaron una declaración conjunta sobre los programas de vigilancia y su impacto en la libertad de expresión.
El pronunciamiento destaca una serie de principios jurídicos internacionales, ante la divulgación de programas secretos de vigilancia para combatir el terrorismo y defender la seguridad nacional que podrían afectar los derechos a la libertad de pensamiento, de expresión y a la intimidad de las personas.
El primero de estos principios garantiza la seguridad nacional, con arreglo a estándares internacionales en materia de derechos humanos. Al respecto, los relatores concluyeron que es necesario que los Estados revisen su legislación, para establecer límites a la potestad de vigilar las comunicaciones privadas, así como la necesidad y proporcionalidad de esta medida.
Además, señalaron que los límites a los programas de vigilancia deben garantizar que la intervención, la recolección y el uso de información personal estén claramente autorizados por la ley, con el fin de proteger a la persona contra interferencias arbitrarias o abusivas en sus intereses privados.
“La vigilancia de las comunicaciones y las injerencias a la privacidad que excedan lo estipulado en la ley, que se orienten a finalidades distintas a las autorizadas por esta o las que se realicen de manera clandestina deben ser drásticamente sancionadas. Esta injerencia ilegítima incluye aquellas realizadas por motivos políticos contra periodistas y medios de comunicación independientes”, señalaron Botero y La Rue.
Por otra parte, recordaron los deberes de publicidad, transparencia y la necesidad de difundir información relativa al marco regulatorio de los programas de vigilancia.
Finalmente, precisaron que bajo ninguna circunstancia los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada sobre este tipo de programas de vigilancia pueden ser sancionados por considerarla de interés público.
Consulte aquí el texto completo de la declaración conjunta
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