15 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 47 minutos | ISSN: 2805-6396

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Instituciones educativas policiales deben adoptar perspectiva de género en trámites administrativos

15 de Agosto de 2024

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Instituciones educativas policiales deben adoptar perspectiva de género en trámites administrativos (Policía Nacional)

Al conocer una acción de tutela relacionada con una situación de acoso y matoneo en una institución educativa policial, la Corte Constitucional destacó la importancia de que estas instituciones adopten perspectiva de género en los trámites administrativos que adelantan, especialmente aquellos relacionados con la permanencia de las mujeres en los procesos educativos.

En ese sentido, precisó, es necesario acompañar a las mujeres que han sufrido violencia de género, asegurando espacios educativos libres de estas conductas y proporcionando asistencia sicológica cuando sea requerida. La accionante narró que sufrió burlas, acoso y escarnio público denigrante por sus superiores debido a su condición de víctima de desplazamiento forzado, lo cual se originó en la supuesta relación sentimental con un intendente.

Además de desconocer el mandato de igualdad y la prohibición de discriminación, las accionadas (Dirección de Educación Policial (Diepo) y Escuela de Policía Rafael Reyes) permitieron que la accionante fuera objeto de tratos hostiles y discriminatorios que, además, se concretaron institucionalmente en el trámite del retiro voluntario que adelantó la accionante, en el cual fue revictimizada cuando intentó desistir de dicha solicitud.

Orden de reintegro

El alto tribunal concedió el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la educación de la accionante, por lo que dejó sin efectos todo el procedimiento administrativo adelantado por las accionadas y les ordenó el reintegro al programa educativo que venía cursando, sobre lo cual la accionante podrá optar por una escuela de policía que preste el mismo programa académico.

Así mismo, la Diepo deberá garantizar a la estudiante atención sicológica, en caso de que ella así lo decida, y ofrecer, junto con la otra accionada, una disculpa formal privada por las deficiencias advertidas en los mecanismos de prevención y sanción del matoneo y de la violencia de género al interior de la institución educativa, si la accionante así lo desea.

Por último, además de adelantar las investigaciones administrativas y disciplinarias en relación con los hechos denunciados, la Diepo deberá crear un protocolo con enfoque diferencial de género para fortalecer la prevención, investigación y sanción del acoso, matoneo y discriminación por razones de género en instituciones educativas policiales (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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