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Desidia procesal por no interponer recursos oportunamente no puede sanearse con la tutela

El accionante no puede acudir a la justicia constitucional con el fin de buscar oportunidades defensivas adicionales.
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23 de Noviembre de 2020

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La tutela se caracteriza por la prevalencia del requisito de subsidiariedad y su quebrantamiento ocurre cuando se dejan de emplear los medios de defensa ordinarios, lo que constituye incuria, y también cuando aún existen otras vías tendientes a solucionar la afectación a los derechos, precisó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

 

Igualmente, afirmó que el accionante no puede acudir a la justicia constitucional con el fin de buscar oportunidades defensivas adicionales, ya que la falta de proposición oportuna de los correspondientes recursos constituye una desidia procesal que no puede sanearse con la subsidiaria acción de tutela.

 

Lo anterior toda vez que cuando las partes dejan de utilizar los mecanismos de protección previstos por el orden jurídico quedan sujetas a las consecuencias de las decisiones que les sean adversas, las cuales serían el fruto de su propia incuria.

 

En el caso concreto, el interesado omitió formular el recurso de reposición frente al auto que declaró desierta la apelación debido a que no fue sustentada dentro de la oportunidad prevista para el efecto. (Lea: Esto debe saber sobre el recurso extraordinario de revisión en materia administrativa)

 

En conclusión, se configuró la incuria dado que el accionante desperdició las herramientas previstas en el estatuto procesal vigente para controvertir las actuaciones que ahora ataca (M. P. Luis Alonso Rico Puerta).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia STC-67242020 (11001020300020200225200), 09/02/20.

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