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General


Cuestionan papel del Gobierno para garantizar carta de derechos a usuarios del sistema de salud

El Ejecutivo no debe limitarse a expedir normas que determinen los parámetros para la realización de las cartas de derechos, deberes y desempeño.
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17 de Enero de 2013

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La Corte Constitucional cuestionó el papel del Ministerio de Salud (Minsalud) a la hora de garantizar que las EPS les expidan cartas de derechos y desempeño a sus usuarios, en ejercicio su derecho a la información.

 

El alto tribunal insistió en que el ministerio no debe limitarse a la expedición de normas que determinen los parámetros para la realización de estas cartas, sino que, además, es necesario que vele por que los destinatarios de la orden cumplan con la entrega material de estas.  

 

Al evaluar el cumplimiento de la Sentencia T-760 del 2008, que declaró el estado de cosas inconstitucional en el sistema de salud, la corporación “reprocha enfáticamente que sea hasta antes de finalizar el mes de octubre (del 2012) que entre en vigencia el decreto a través del cual se establece el sistema único de habilitación de las EPS, puesto que la obligación de expedir dicha normativa y de garantizar el derecho a la información es de tres años atrás”.

 

Además, recordó el significado del derecho a la información, y advirtió que es obligatorio dar a conocer a los ciudadanos los derechos y deberes que le corresponden a cada uno de los actores del sistema de salud.

 

La Corte le ordenó al Minsalud y a la Superintendencia Nacional de Salud imponer sanciones a las entidades que continúen desconociendo esta orden. En ambos casos, impartió directrices para que se informe periódicamente el nivel de cumplimiento por parte de los actores involucrados.

 

(Corte Constitucional, Auto 264, nov. 16/12)

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