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Avanza proyecto que busca regular los servicios aéreos

19 de Marzo de 2024

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Avanza proyecto que busca regular los servicios aéreos (Freepik)

El senador Alex Flórez radicó ante la secretaría de la Comisión Sexta del Senado de la República la ponencia para segundo debate del proyecto de ley 093/23S, mediante el cual buscan regular la prestación de los servicios aéreos en Colombia.

Según la iniciativa, las empresas dedicadas a la prestación del servicio del transporte aéreo doméstico deberán brindar información completa, clara y veraz sobre los vuelos disponibles, indicando las horas precisas de los mismos y todas las condiciones aplicables; informar a los usuarios sobre su listado de derechos y deberes, incluyendo las condiciones de los mismos, reglas de abordaje y todas aquellas compensaciones a que pueden acceder ante el incumplimiento de las aerolíneas; informar al usuario sobre cualquier cambio en la prestación del servicio que afecte la reserva con mínimo 72 horas de antelación a la fecha y hora del vuelo, entre otros. (Lea: Aerocivil establece control de precios para situaciones especiales)

Frente a la sobreventa de tiquetes, el articulado establece que las aerolíneas tienen “prohibido sobrevender los vuelos que ofertan so pena de una multa impuesta por la autoridad competente, en los términos establecidos en la ley”.

En caso de sobrevender los vuelos, deberán proporcionar una solución óptima al usuario para que pueda llegar a su destino dentro de los tiempos previstos inicialmente, así como rembolsar el 100 % del valor del tiquete al usuario y resarcir los perjuicios ocasionados debidamente probados por el usuario.

Asimismo, el proyecto establece que el pasajero podrá desistir de su viaje hasta 24 horas antes de su inicio, dando aviso al transportador. En estos casos la aerolínea deberá rembolsar el valor del tiquete al pasajero, descontando tasas, impuestos o tarifas administrativas, en un plazo máximo de 30 días calendario.

La ponencia para el segundo debate de la iniciativa incluye a su vez dos nuevos artículos, uno que busca sancionar a los pasajeros disruptivos y faculta al Gobierno nacional para reglamentar los actos contra la seguridad aérea o que atenten contra la seguridad en general de la aviación civil con mecanismos que permitan limitar el transporte de estas personas.

El segundo artículo nuevo se refiere a la responsabilidad de los terceros en la prestación del servicio aéreo “cuando la afectación del servicio en todas las etapas del contrato de transporte ocurra por causas externas a la aerolínea, el causante de la afectación o la aerolínea deberán informar los detalles a los pasajeros y las autoridades para que inicien las investigaciones que haya lugar”.

Finalmente, el Gobierno Nacional, a través de la Aeronáutica Civil, expedirá anualmente una resolución que establezca el régimen tarifario para el servicio de transporte aéreo de pasajeros, el cual imponga un rango de precios que estipule un mínimo y un máximo en los cuales las aerolíneas deban ofertar sus pasajes.

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