Consejo de Estado recuerda requisitos para el pago de horas extras a funcionarios estatales (8:48 a.m.)
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28 de Mayo de 2014
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En sentencia aprobada en los últimos días, el Consejo de Estado recordó que el pago de horas extras al funcionario estatal está supeditado al cumplimiento de varias condiciones, entre las cuales se cuenta el aval previo del empleador. Así, dice, el artículo 36 del Decreto 1042 de 1978 exige que el empleado pertenezca al nivel operativo, hasta el grado 17 del nivel administrativo y hasta el grado 9º del nivel técnico (Decreto 10 de 1989); la autorización previa; la expedición de una resolución con la liquidación, que contenga un recargo del 25 % o del 75 % sobre la remuneración básica fijada por la ley para el respectivo empleo, y la no procedencia de pagos de más de 50 horas extras (C. P. Bertha Lucía Ramírez).
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