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Consejo de Estado explica excepciones a la declaratoria de vacancia por abandono del cargo (3:49 p.m.)

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08 de Septiembre de 2014

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En sentencia que acaba de ser dada a conocer, el Consejo de Estado sostuvo que si el funcionario justifica su ausencia en el puesto de trabajo por un periodo superior al de la licencia que se le hubiere otorgado, no procede la declaratoria de vacancia por abandono del cargo. A su juicio, las amenazas contra la vida del operario y su familia constituyen una circunstancia lo suficientemente valedera como para no tener que asumir las consecuencias que impone la regla general que, en el caso de la Fiscalía, está reseñada expresamente en el artículo 140 de la Resolución 1280 que expidió el propio organismo investigador en 1995. Con estos argumentos, la Sala ordenó reintegrar a un investigador judicial que fue separado de su cargo por no haberse incorporado nuevamente al servicio, luego de la licencia que se le concedió, en tanto tenía razones fundadas para no hacerlo, al punto que tuvo que refugiarse en Canadá por amenazas de muerte (C. P. Alfonso Vargas).

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