11 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Condenados por prevaricato por acción dentro del quinquenio anterior a la reforma penitenciaria no podrán acceder a sus beneficios (9:22 a.m.)

02 de Abril de 2014

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Nota:
95605
La Corte Suprema de Justicia sostuvo que quienes hayan sido condenados por prevaricato por acción dentro de los cinco años anteriores a la Ley 1709 del 2014 no están cobijados por los beneficios de dicha reforma penitenciaria; de ahí que negara sustitutos penales invocados por un juez que ordenó el pago de acreencias prescritas por más de $ 1.100 millones a cargo de la administración de Corozal (Sucre) a un funcionario que se allanó a cargos en el 2013. Lo anterior porque el texto actual del artículo 68A de la Ley 599 del 2000 (modificado por el artículo 32 de la Ley 1709 del 2014) impide otorgar subrogados penales adicionales a quienes hayan sido condenados por delitos dolosos dentro de los cinco años anteriores a esa legislación. Además, la sala aclaró que la sentencia anticipada no garantiza una rebaja de penas equivalente al 50 % de la pena a imponer, ya que el artículo 351 de la Ley 1709 del 2014 contempla el beneficio como la mayor concesión, que se contabiliza de acuerdo al margen de desgaste que el proceso haya ocasionado en el aparato judicial (M. P. Gustavo Enrique Malo).

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