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Gobierno expide nuevo decreto de régimen aduanero

04 de Julio de 2019

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En desarrollo de la Ley Marco de Aduanas (Ley 1609 del 2013), el presidente de la República, Iván Duque, firmó el Decreto 1165 del 2019, por el cual se dictan disposiciones relativas al régimen de aduanas, con el fin de que todos los usuarios de comercio exterior, así como funcionarios de la Dian, cuenten con normas claras para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras. (Lea: Esto contempla la nueva regulación aduanera)

 

El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, indicó que “con la expedición de este decreto, avanzamos en seguridad jurídica para los usuarios del comercio exterior, a través de la armonización y consolidación de las normas vigentes en materia aduanera. Establece procedimientos sencillos para un mejor aprovechamiento de los programas de Plan Vallejo y Comercializadoras Internacionales. Y en materia de zonas francas, entre otras cosas, establece procesos de traslado de bienes entre los usuarios de estos parques industriales”.

 

Este decreto, que consta de 775 artículos y 22 títulos, busca promover la facilitación de las operaciones de comercio exterior, garantizando el debido control por parte de la autoridad aduanera. (Lea: Importantes avances hacia la modernización de procedimientos aduaneros)

 

Se destacan, entre otras medidas, la incorporación de mecanismos tendientes a promover importaciones relacionadas con la industria del cine y actividades audiovisuales, así como la creación de procedimientos aduaneros que permitan la introducción, acopio y destinación de ayudas humanitarias en zonas de frontera. También se incentiva el desarrollo del sector turístico y de la industria audiovisual.

 

La norma regula disposiciones sobre declarantes; zonas primarias aduaneras; inscripción, autorización o habilitación de usuarios aduaneros; régimen de importación y de exportación; régimen de tránsito aduanero, transporte multimodal, cabotaje y transbordo; zonas francas; importación de mercancías al puerto libre de San Andrés; causales de aprehensión y decomiso de las mercancías; procedimientos administrativos; protección a la propiedad intelectual; cobro de las obligaciones aduaneras; devolución y compensación de obligaciones aduaneras y disposición de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas y notificaciones, entre otros temas. (Lea: Inicia reglamentación del nuevo régimen aduanero)

 

Las disposiciones entrarán a regir integralmente una vez transcurridos 30 días comunes, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

 

A partir de la entrada en vigencia, quedarán derogadas las siguientes disposiciones: el Decreto 2685 de 1999; el Decreto 390 del 2016, con excepción del primer inciso del artículo 675; los títulos II y III del Decreto 2147 del 2016 y el Decreto 349 del 2018.

 

(Minhacienda, Decreto 1165, Jul. 02/19)

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