Cliente tiene derecho a recibir informe por parte de su abogado: CNDJ
10 de Enero de 2023
Se inició una investigación disciplinaria por un escrito mediante el cual un ciudadano manifestó su inconformidad en contra de un abogado, por no haberle rendido un informe de la actuación realizada dentro de un proceso ordinario laboral, además de no entregar un bien inmueble o su proporción producto de la dación en pago acordada en una conciliación.
Para la Comisión Nacional de Disciplina Judicial no es de recibo el argumento del abogado, según el cual no respondió las peticiones del quejoso porque eran desorbitantes, pues estaban enfocadas a temas económicos, pues el reproche está enfocado al hecho de no haber dado respuesta a la petición que le elevó el quejoso, el cual estaba en todo su derecho de obtener a través de un informe de la gestión adelantada, en atención al poder otorgado para representarlo.
Así mismo, se evidenció que el profesional llevaba más de tres años con un bien inmueble que no le pertenece y que durante el desarrollo del proceso no logró demostrar las actuaciones que realizó para resolver la situación y no continuar perjudicando económicamente los intereses de su representado, pues no resulta razonable el tiempo que se tomó para concluir la labor encomendada.
Finalmente, la Sala resaltó que la labor del abogado es de medio, pero esto no quiere decir que producto de la asesoría y confianza que depositaron los poderdantes en él proceda de manera ventajosa, pues desde hace varios años figura como único dueño del predio conforme a las escrituras firmadas y con ello continúa causando un daño económico a sus clientes.
La Comisión resolvió entonces confirmar la decisión en la que se determinó la responsabilidad del abogado, sancionándolo con 12 meses de suspensión en el ejercicio de la profesión (M. P. Juan Carlos Granados Becerra).
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