Plantean procedimiento especial para garantizar visitas de menores
10 de Mayo de 2024
Ante el Senado de la República fue radicada la ponencia para el segundo debate del proyecto de ley 082/23S, que establece el procedimiento especial administrativo y judicial para la restitución internacional y garantía del derecho de visitas de niños, niñas y adolescentes. (Lea: Prohibición del matrimonio infantil irá a segundo debate)
Según el proyecto, “este régimen actualmente está previsto por el Convenio Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y la Convención Interamericana Sobre Restitución Internacional de Menores”, sin embargo, en nuestro país actualmente se presentan una serie de obstáculos y problemáticas en la práctica durante el desarrollo de los procesos mencionados.
“Sin perjuicio de la denominación jurídica adoptada por el derecho interno de cada país, para los efectos de esta ley se entiende por custodia, el conjunto de los derechos relacionados con el cuidado personal y contacto con el niño, niña o adolescente y, en particular, el de decidir sobre su lugar de residencia. Este derecho puede surgir por mandato de la ley, por una decisión judicial, administrativa, por un acuerdo vigente entre las partes o por su ejercicio efectivo, separada o conjuntamente”, se lee en el documento. (Lea: Avanza a la Cámara proyecto que permite el divorcio por voluntad de uno de los cónyuges)
Adicionalmente, se establece que cuando se presente una solicitud de restitución internacional y se encuentre en curso un proceso de custodia o un proceso de privación o suspensión de la patria potestad en Colombia, en otro expediente o juzgado se suspenderá y se rechazará de plano aquél que se pretenda iniciar. Será nula e ineficaz de pleno derecho toda providencia judicial o acto administrativo sobre tales aspectos que se profiera luego de iniciado este trámite.
Finalmente, este proyecto busca enfrentar las dificultades presentes actualmente en la restitución internacional y la garantía del derecho de visitas de niños, niñas y adolescentes menores de 16 años, con el fin de disponer de un marco normativo nacional que garantice los principios orientadores de los tratados internacionales mencionados y que armonice la normativa con las realidades que enfrenta el país en la materia.
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