Capitalización de una ESP con recursos de un municipio debe ser autorizada (12:30 p.m.)
87741
09 de Mayo de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
En el caso de un municipio que es socio de una empresa de servicios públicos (ESP), la capitalización de la empresa en la que participa mediante el aumento del capital autorizado, suscrito y pagado, con sus propios recursos, debe contar con la autorización correspondiente y realizar el procedimiento legal procedente, de acuerdo con el manejo de presupuesto previsto al conformar la sociedad, señaló la Superintendencia de Servicios Públicos. En el evento de existir convenios interadministrativos para la construcción de infraestructura, es necesario determinar en el caso particular en quién reposa la titularidad. Si es del municipio, puede transferirla a la empresa bajo la figura de capitalización.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!