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Autonomía universitaria no puede limitar libertad de expresión de estudiantes inconformes con nivel educativo (2:30 p.m.)

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05 de Mayo de 2014

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En sentencia notificada hace unos días, la Corte Constitucional determinó que la autonomía universitaria no puede ser pretexto para que las instituciones educativas limiten la libertad de expresión de los estudiantes que se sienten inconformes con la calidad de los programas a su servicio, al punto de amenazarlos con la expulsión, si participan en cese de actividades. Con esos argumentos, consideró desproporcionada la decisión de la Universidad del Pacífico de cancelar el semestre y negarse a devolver el dinero del valor de la matrícula de los alumnos que tuvieron parte en una huelga estudiantil adelantada en el 2012; ello “constituye un desincentivo a la libertad de expresión y asociación de los estudiantes”, sostuvo. Adicionalmente, al concluir que la universidad debió descontar el 100 % del valor de la matrícula del semestre siguiente a los demás estudiantes, y no solo el 70 %, la Sala ordenó descontar un 30 % al valor del período académico entrante (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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