15 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


ATENCIÓN: Suspenden a jueza que desarrolló audiencia virtual fumando y sin toga

22 de Noviembre de 2022

Reproducir
Nota:
153407
Imagen
La acción de grupo no procede para reparar perjuicios causados por varios actos administrativos individuales (Freepik)

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Norte de Santander y Arauca suspendió provisionalmente del cargo de Juez Primero Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta a Heidy Vivian Polanía Franco, por tres meses, sin derecho a remuneración alguna. La medida se tomó por la posibilidad de que reitere la conducta.  

Se relata en el auto de suspensión que Polanía, el 16 de noviembre, presidió una audiencia de revocatoria de medida de aseguramiento en la que mantuvo la cámara inactiva desde el comienzo de la diligencia hasta el minuto 57:13, momento en el cual se visualiza a la jueza con ‘’una imagen deplorable: con los ojos entredormidos, despeinada, recostada en una cama, semidesnuda, fumando y con notoria dificultad en la articulación de las palabras que pronuncia’’. Cuando en el minuto 57:37 el procurador sorprende a la juez diciéndole que tiene la cámara activada, la funcionaria se desconecta de la audiencia y el representante del ministerio publico sigue hablando hasta que la juez nuevamente se conecta con la cámara desactivada.

Para la Comisión, los hechos descritos denotan una falta de respeto de la funcionaria tanto por su propia investidura publica como respeto de las personas que intervinieron en la audiencia.

También precisó que si bien no hay norma legal o reglamentaria que obligue a los funcionarios judiciales a activar su cámara y a su vez obligar a los intervinientes a que lo hagan, por trasparencia de la diligencia virtual, el principio de la inmediación y el principio de publicidad se debe hacer (M. P.: Calixto Cortés Prieto).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)