24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


ATENCIÓN: Consejo de Estado no revisa fallo disciplinario contra servidores públicos de elección popular

25 de Mayo de 2023

Reproducir
Nota:
162214
Imagen
Magistrados  sala plena 2022 (12 de 101)

El Consejo de Estado no avocó conocimiento del recurso extraordinario de revisión promovido por Esther María Jalilie García, alcaldesa del municipio de Arjona (Bolívar), respecto de la decisión disciplinaria proferida en su contra por parte de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación.

Lo anterior al inaplicar, con efectos inter partes, los artículos 54 a 60 de la Ley 2094 del 2021, por considerar que son contrarios al ordenamiento jurídico superior, al desconocer los artículos 8.1, 23.2 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), por desatender la decisión adoptada por la Corte IDH en el caso Petro Urrego vs. Colombia.

De acuerdo con la Sala, el recurso extraordinario de revisión de la Ley 2094, si bien fue instituido por el legislador con la finalidad de ampliar el acervo de garantías procesales para los disciplinados, en realidad produce en la práctica el efecto totalmente contrario, pues desde todo punto de vista el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, como medio idóneo para la impugnación de las decisiones disciplinarias, en realidad ofrece mayores oportunidades de contradicción y de defensa que las que pueden darse en el trámite del recurso extraordinario de revisión (C. P.: Gabriel Valbuena Hernández).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)