Asegurar que se está adelantando un trámite cuando no es así constituye falta disciplinaria ( 8:35 a.m.)
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19 de Septiembre de 2013
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura advirtió que engañar a un cliente asegurándole que ya se está adelantando un trámite encomendado cuando no es así constituye falta disciplinaria (numeral 1º del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007). En el caso en estudio, la sala encontró que el abogado había sido objeto de sanciones y tenía múltiples antecedentes disciplinarios en los que registraba faltas a la debida diligencia profesional, por lo que concluyó que la sanción de suspensión por seis meses en el ejercicio de su profesión era razonable (M. P. Pedro Alonso Sanabria).
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