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ANM publica formatos para solicitud de certificados de origen (2:37 a.m.)

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24 de Febrero de 2015

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El Gobierno expidió el Decreto 0276 del 2015, a través del cual se reglamenta el registro único de comercializadores (Rucom); el artículo  4° de dicha norma establece que el comercializador de minerales autorizado deberá contar con un certificado de origen expedido por el explotador minero. Tal certificado es un documento que se emite para comprobar la procedencia lícita del mineral que se transporta, transforma, distribuye, intermedia o comercializa, el cual además no tendrá fecha de vencimiento. La tarea de elaborarlos quedó en manos de la Agencia Nacional de Minería (ANM). Entonces, la agencia publicó los formatos de los certificados de origen para barequeros y chatarreros, casas de compra y venta, plantas de beneficio y un formato adicional para titulares solicitantes de legalización, beneficiarios de áreas de reserva especial y subcontratos de formalización. Los explotadores mineros autorizados deberán adjuntar los certificados de origen a los formularios de declaración de producción y liquidación de regalías, entregados a la ANM periódicamente. El decreto también aclara que cuando la compra del mineral se realice entre comercializadores autorizados, quien vende deberá suministrar copia del certificado de origen del mineral a quien está comprando. Además que tanto plantas de beneficio como explotadores mineros autorizados (con excepción del barequero y el chatarrero) deberán llevar un control de los certificados expedidos, cuya información deberá coincidir con la declaración de producción y liquidación de regalías entregada a la agencia. Los formatos están disponibles en el sitio web de la entidad.

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