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Anla no puede regular directamente procesos de certificación ambiental (2:45 p.m.)

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04 de Febrero de 2015

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Así lo concluyó el magistrado Guillermo Vargas al suspender provisionalmente los efectos de la Resolución 0755 del 2013, en la cual la autoridad de licenciamiento define qué actividades, por ser menores, solo suponen modificaciones mínimas a las licencias o planes de manejo ambiental, evento en el cual podría no requerir una nueva licencia; esto de acuerdo con la exigencia del artículo 29 (parágrafo 1º) del Decreto 2820 del 2010, que impone el pronunciamiento de la administración para verificar si es exigible o no una nueva certificación. Para la corporación, esta actuación supone un desbordamiento de funciones, ya que el artículo 3º del Decreto - Ley 3753 del 2011 solo le permite a la Autoridad Nacional Ambiental (Anla) apoyar los procesos para reglamentar y no regular directamente las condiciones para el cuidado del medio ambiente. Según el artículo 5º de la Ley 99 de 1993, es el Ministerio de Medio Ambiente el encargado de expedir reglamentos y establecer instrumentos para asegurar el cuidado de los entornos naturales (C. P. Guillermo Vargas).

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