Amplían plazos para obtener permiso de operación como empresa de trabajos aéreos en el sector agrícola
La medida obedece a que el plazo inicialmente concedido venció el pasado 30 de junio y aún no han concluido los diferentes procesos de certificación.08 de Julio de 2021
La Aeronáutica Civil amplió hasta el 30 de junio del 2022 el plazo concedido en la Resolución 1266 del 2020, relativo al previsto en los literales a) y b) del artículo 1º de la Resolución 1171 del 2015, para que prosigan y concluyan los procesos de certificación de aeronaves en la categoría ALS y el proceso de certificación para obtener un permiso de operación como empresa de trabajos aéreos especiales en la modalidad de aviación agrícola conforme al RAC 137, para operar con aeronaves ALS. Las aeronaves con peso máximo de despegue igual o inferior a los 750 kg (clasificadas como ultralivianas y/o aeronaves categoría liviana ALS), utilizadas en actividades de aspersión aeroagrícola y las personas o establecimientos que efectúen en favor de terceros la operación, mantenimiento o tripulación de aeronaves, con peso máximo de despegue igual o inferior a dicho peso, podrán continuar desarrollando sus actividades durante el término de esta ampliación, bajo el amparo de los permisos especiales otorgados en los oficios suscritos por el director de la entidad, del año 1999 y 2002.
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