Relación entre personas y mascotas es expresión del libre desarrollo de la personalidad (2:51 p.m.)
17 de Mayo de 2017
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Nota:
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La Sección Segunda del Consejo de Estado precisó que la fauna silvestre pertenece a la Nación y la posibilidad de acceder a su propiedad solo puede hacerse por medio de la zoocría o de la caza permitida, de manera que no cualquier persona puede apoderarse de una especie silvestre. De igual forma explicó la tensión que existe entre la protección del medio ambiente y los derechos fundamentales de las personas que detentan su tenencia, como son la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la salud e indicó que debe primar el derecho colectivo a un medio ambiente sano por encima del interés personal de los accionantes que poseen estos animales silvestres. No obstante, no puede pasarse por alto que existe una protección especial a la relación que tiene el hombre con sus mascotas, la cual parte del reconocimiento del vínculo estrecho generado entre ambas especies, al punto de convertirse en una expresión de derechos como el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar. Por ello, una prohibición que conduzca a negar la posibilidad de escoger si se tiene o no una mascota implica una violación del libre desarrollo de la personalidad, dado que la tenencia de animales domésticos se considera, en muchos casos, el plan de vida de una persona, pues constituye la vía a través de la cual se expresa el cariño y la compañía en grado igual o superior al de un integrante de una familia o de un núcleo social (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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