Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Irregularidades en notificación de sanción por falta de licencia ambiental de título minero no conducen a su nulidad (11:48 a.m.)

102013

24 de Julio de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Para el Consejo de Estado, la irregular notificación del acto sancionatorio no afecta su formación sino su eficacia. En el caso concreto, el artículo 2º del Decreto 1753 de 1994 imponía a las empresas mineras el deber de contar con una licencia ambiental, encaminada a que estas garantizaran el desarrollo de planes que mitigaran el impacto ambiental de sus actividades. Además, explicó que la irregular notificación de dicha sanción no tiene incidencia alguna en otras decisiones, como puede serlo la cancelación de la licencia de explotación por el no pago de regalías. Esta última, dice, constituye uno de los motivos en los cuales el artículo 75 del Decreto 2655 de 1988 reconoce la posibilidad de que el Ministerio de Minas cancele la licencia, pues constituye la causal sexta frente a la cual el artículo 76 admite la posibilidad de revocar el otorgamiento del título. A juicio de la Sala, en el caso concreto se cumplieron todos estos preceptos, incluso el del artículo 77, que permite a quien ejerce el título tener la oportunidad de subsanar la falta (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)