Decretos reglamentarios únicos Reglamentan el acceso y manipulación para el uso médico de la marihuana (12:13 p.m.)
54391
11 de Abril de 2017
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Ministerio de Salud ordenó la subrogación del título 11 de la parte 8 del libro 2 del Decreto 780 del 2016, sobre el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis, donde se reglamentó la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y uso de las semillas para la siembra de la planta. Adicionalmente, estableció las licencias relacionadas con el manejo de las semillas y la transformación para la producción de derivados psicoactivos y no psicoactivos, con fines médicos y científicos. También se tomaron otras medidas para los productos derivados de la marihuana, su distribución a nivel nacional y el comercio exterior de las semillas.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!