12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 14 minutes | ISSN: 2805-6396

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Conozca la conciliación del proyecto que establece el programa nacional de esterilización de perros y gatos

29 de Mayo de 2024

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Nota:
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Tras la aprobación del proyecto de ley 261/22S-190/23C, que establece el programa nacional de esterilización de gatos y perros como medida de protección animal, ambiental y de salud pública, el Congreso de la República publicó el informe de conciliación que deberá ser aprobado por las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de la República para que el proyecto pase a ser sancionado por la Presidencia de la República.

La iniciativa crea y establece la implementación del Programa Nacional de Esterilización Quirúrgica de Gatos y Perros, como método ético de control de la natalidad, con el fin de reducir los fenómenos de maltrato, sufrimiento e indigencia animal, propender por un ambiente sano y mitigar los riesgos para la salud pública asociados a la presencia de animales en las calles. (Lea: Aprueban en el Congreso programa nacional de esterilización de perros y gatos).

Según el texto, en un término máximo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en coordinación con las demás entidades que conforman el Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA), deberá expedir la reglamentación del Programa Nacional de Esterilización Quirúrgica de Gatos y Perros.

El programa se ejecutará, principalmente, a través de unidades quirúrgicas móviles, las cuales deberán contar con los requisitos mínimos de salubridad y condiciones higiénico sanitarias establecidas por la autoridad correspondiente. Estos servicios deberán ser habilitados por las secretarías de salud departamentales y municipales, según la regulación del Ministerio de Salud, priorizando a los municipios de categorías 5 y 6. Para los municipios y distritos de categoría especial y 1, 2, 3 y 4 contarán, además, con puntos fijos que podrán adecuarse a la capacidad instalada de cada uno de ellos, o los contratos con clínicas o centros médicos veterinarios que cumplan con los requisitos para prestar el servicio de esterilización. (Lea: Congreso aprueba prohibición de las corridas de toros)

Dentro del programa se crearán cinco líneas especiales para: (i) Gatos y perros sin hogar, mediante la “Estrategia CER”: capturar, esterilizar y retornar/reubicar/rescatar; (ii) animales de compañía de población habitante de calle, recicladora y migrante; (iii) perros de manejo especial, definidos por el artículo 126 de la Ley 1801 de 2016; (iv) perros diagnosticados con tumor venéreo transmisible (TVT) y gatos positivos a enfermedades virales como leucemia e inmunodeficiencia felina y (v) animales de compañía albergados por fundaciones y hogares de paso.

El proyecto establece que el programa será financiado en un 100 % por la Nación para los municipios de categoría 4, 5 y 6 de acuerdo con el marco fiscal de mediano plazo, mientras que para los municipios de categoría 2 Y 3 el programa será financiado en un 50 % el gobierno Nacional y el otro 50 % por estos entes territoriales, de acuerdo a su capacidad financiera.

En los casos de los distritos especiales y municipios categoría 1 financiarán en un 100 % las estrategias de esterilización en sus territorios, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal y bajo los lineamientos del programa. (Lea: Se debatirá la inembargabilidad de los animales de compañía)

Finalmente, se creará el fondo SINAPYBA, un fondo cuenta sin personería jurídica, administrado por el Ministerio de Ambiente, cuyo objeto será la financiación del programa y los demás proyectos de bienestar animal. Este fondo será reglamentado en un plazo máximo de seis meses y se alimentará de los recursos que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación, de los recursos que otras entidades nacionales o territoriales destinen para asuntos de protección y bienestar animal de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, de aportes de cooperación internacional y de donaciones, transferencias o aportes en dinero que reciba.

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