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Noticias / General


Ajustan condiciones de asignación y operación del subsidio familiar de vivienda

07 de Julio de 2021

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Nota:
129109

El Ministerio de Vivienda adecuó la normativa del Decreto 1077 del 2015 de conformidad con las modificaciones introducidas por la Ley 2079 del 2021, en materia de condiciones para la asignación del subsidio y causales de restitución del mismo. De esta manera, la entidad modificó el Decreto 1077 del 2015.

 

Igualmente, dada la posibilidad de asignación concurrente del subsidio familiar de vivienda, reglamentó las condiciones en que operará dicho procedimiento para los afiliados y beneficiarios de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, entidad perteneciente al Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 2 de la Ley 3 de 1991.

 

“También podrán aplicar a la concurrencia los beneficiarios que cuenten con subsidio asignado por alguna entidad otorgante y que se encuentre vigente y sin aplicar o que se haya autorizado el pago anticipado para la ejecución del proyecto sin que el subsidio haya sido legalizado a través de escritura pública”, dispone la norma.

 

Así mismo, se señala qué condiciones para la operación de la concurrencia serán comunicadas a través de circular expedida por el Fondo Nacional de Vivienda.

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