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Adoptan nuevo procedimiento para apostillar documentos (2:35 p.m.)

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06 de Agosto de 2012

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Para dar cumplimiento al Decreto Antitrámites (Decreto 19 del 2012), que dicta normas para suprimir o reformar algunos trámites que se adelantan ante la administración pública, el Ministerio de Relaciones Exteriores derogó en su totalidad la Resolución 2201 de 1997 y estableció que los trámites de apostillaje de documentos, dentro del territorio nacional y en el extranjero, se podrán realizar ante el consulado de la respectiva jurisdicción o a través de medios electrónicos. Y aclaró que en el evento de que dichos documentos sean remitidos haciendo uso de medios electrónicos, estos se deben enviar en medio magnético. De igual manera, indicó que los traductores oficiales que lo deseen podrán inscribirse en el directorio de traductores oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores con el fin de prestar un servicio de consulta a los ciudadanos que lo requieran.

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