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Adoptan medidas tendientes a lograr una mejor disposición de las llantas usadas (11:28 a.m.)

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08 de Septiembre de 2015

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Con el propósito de prevenir y controlar la degradación del medio ambiente, ahora los productores de llantas neumáticas que se fabriquen, importen o se reencauchen y se comercialicen para uso en vehículos automotores y sus remolques deberán cumplir con la reglamentación sobre gestión ambien­tal de residuos establecida, tal como lo prevé la Resolución 1457 del 2010. Para el efecto, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) verificará la vinculación del productor a un sistema de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas. Este requisito será verificado a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce), previa aprobación de la licencia de importación por la autoridad competente. También, ordena notificar la medida a través del punto de contacto, a los países miembros de la Comunidad Andina, a la Secretaría General de la ALADI, a la Organización Mundial del Comercio y a los demás países con los que Colombia tenga tratados de libre comercio vigentes. De esta manera, se modifica el artículo 20 de la Resolución 481 del 2009.

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