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02 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


SIC embarga las cuentas bancarias de dos constructoras

08 de Abril de 2024

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Nota:
180311

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decretó de urgencia una medida cautelar de embargo de cuentas bancarias a las constructoras Inversiones Alcabama S. A. y Estrategia Urbana SAS por construir el edificio Dimonti II, sin atender las normas obligatorias sobre sismorresistencia. Además, se conoció que las constructoras no subsanaron las fallas estructurales y sistemáticas que presentan los bienes inmuebles adquiridos por los propietarios.

Según un comunicado de la SIC, los ciudadanos, a quienes, en febrero del 2012, les hicieron la entrega de un apartamento y un parqueadero que forman parte de un proyecto inmobiliario en la capital del país, celebraron el contrato de compraventa con Fiduciaria Bogotá S. A.

Sin embargo, tiempo después, al constatar el riesgo inminente e irreversible al que estaban expuestos los ciudadanos, con ocasión de los daños evidenciados, tales como hundimientos, deterioros, agrietamientos y resquebrajamientos, solicitaron a Inversiones Alcabama S. A. y Estrategia Urbana SAS la realización de las reparaciones. (Lea: SIC sancionó a Claro por no recibir PQR verbales).

En el 2020, una curaduría urbana otorgó licencia a los demandados para enmendar las fallas estructurales puestas en evidencia, cuya vigencia fue de dos años, es decir, hasta junio del 2022; no obstante, la reparación de los inmuebles no se terminó, lo cual ponía en riesgo la seguridad y patrimonio, así como la vida e integridad física de los habitantes.

Así pues, las demandadas transgredieron el derecho de garantía (señalado en el artículo 6º de la Ley 1480 del 2011) y el derecho a la reparación efectiva (establecido en los numerales 1º y 2º del artículo 11 de la Ley 1480 del 2011 y el parágrafo 2º del artículo 13 del Decreto 735 del 2013).

En este sentido, se determinó que “la medida cautelar que decreta la SIC es proporcional, idónea y necesaria cuando obran las pruebas suficientes que conducen a afirmar que existe un altísimo riesgo de colapso de la estructura. Esta medida consistió en el embargo de las cuentas de ahorros y corrientes, CDT y demás similares que tengan las dos constructoras en las entidades financieras”, expresa el comunicado de la SIC.

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