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Revocar becas intempestivamente viola derechos fundamentales de los estudiantes

26 de Julio de 2013

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Las instituciones educativas violan los derechos fundamentales de los estudiantes cuando les revocan de forma intempestiva sus becas, a pesar de que hayan cumplido los requisitos para conservarlas.

 

La Corte Constitucional advirtió que, en estos casos, podría configurarse un desconocimiento de los derechos a la educación, a la confianza legítima y al debido proceso.

 

En el caso analizado, el alto tribunal amparó los derechos fundamentales de unos alumnos que perdieron sus becas, debido a que estaban sujetas a un contrato de arrendamiento con la Gobernación de Arauca, que ya finalizó.

 

Según el fallo, aunque la institución educativa no estaba obligada a sufragar los costos de los programas, ya se había creado una expectativa en los accionantes. Por esa razón, ordenó establecer los mecanismos de financiación que les permitan terminar sus cursos de pregrado.

 

Como el derecho a la educación es fundamental, en razón de la íntima relación que tiene con diversos derechos fundamentales de la esencia del individuo, el Estado y la sociedad deben establecer diversas acciones afirmativas que conlleven su realización, recordó la corporación.

 

Así las cosas, el Estado debe tomar las medidas necesarias para garantizar el acceso y la permanencia de las personas que opten por la educación superior. En consecuencia, tal como lo establece el artículo 69 de la Constitución, deberá facilitar los mecanismos financieros que hagan posible ese objetivo, así como los que se consideren necesarios para alcanzarlo.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-164, mar. 5/12, M. P. Gabriel Eduardo Mendoza)

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