Reconocen derechos de mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada
20 de Junio de 2024
Se sancionó la ley que tiene como objetivo el reconocimiento de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada como constructoras de paz y sujetos de especial protección constitucional, la enunciación de los deberes del Estado y el desarrollo de medidas para su protección integral.
En este sentido, esta norma adopta medidas de reconocimiento del derecho a la búsqueda, sensibilización, información, formación, prevención, educación, vivienda, reparación, atención y protección de estas mujeres respecto de las vulneraciones que sufren por razón de su labor. (Lea: Reglamentan el Sistema nacional de búsqueda de personas dadas por desaparecidas)
Las medidas deberán implementarse y aplicarse de forma efectiva mediante los enfoques de igualdad de género, étnico-racial, interseccionalidad, respeto a los derechos humanos, justicia restaurativa, territorial y diferencial.
Algunas de las medidas de reconocimiento y protección integral comprenden:
i) El deber del Estado de implementar las medidas de reconocimiento, sensibilización, prevención, atención y protección.
ii) El deber de solidaridad y respeto de la sociedad civil, el sector privado y las comunidades.
iii) La participación activa en los procesos de decisión pública de las mujeres buscadoras.
El Estado, las organizaciones de la sociedad civil, las comunidades y la sociedad en general tienen corresponsabilidad en erradicar de manera definitiva cualquier tipo de violencia y vulneraciones contra las mujeres buscadoras.
Así mismo, las mujeres buscadoras, sea de forma individual o colectiva, tendrán lugar en los procesos de elaboración, implementación y evaluación de las políticas públicas de paz. El Gobierno Nacional garantizará la participación efectiva de las mujeres buscadoras a través de las instancias y los mecanismos que considere más adecuados.
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