General
No definir a tiempo situación militar puede afectar derechos a educación y trabajo
Es posible que de este proceso dependa el acceso del ciudadano al mundo laboral y a la educación superior, advirtió el Consejo de Estado.
19 de Mayo de 2014
Desatender las obligaciones que el artículo 9º de la Ley 48 de 1990 le impone al servicio de reclutamiento y movilización para definir la situación militar de los colombianos puede violar los derechos fundamentales a la educación y al trabajo.
Así lo advirtió la Sección Segunda del Consejo de Estado, al señalar que de este proceso puede depender el acceso del ciudadano al mundo laboral y a la educación superior.
En el caso analizado, un distrito militar de reclutamiento aceptó que se presentaron demoras al resolver la situación del actor, sin exponer ninguna justificación. Esto, a la vez, estaba impidiendo que el ciudadano obtuviera su título y se graduara como profesional.
El alto tribunal decidió amparar los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, la educación y el trabajo del accionante, y le ordenó al comandante del distrito militar citar y efectuar la junta de remisos, con el objeto de definir su situación militar.
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