11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutes | ISSN: 2805-6396

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Modifican norma relacionada con transición del RIPS para la factura electrónica de venta

02 de Abril de 2024

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Nota:
179241

El Ministerio de Salud modificó la Resolución 2275/23, relacionada con la transición prevista para la implementación del Registro individual de prestación de servicios de salud (RIPS) como soporte de la facturación electrónica de venta (FEV) en salud y el inicio de la operación de la plataforma del mecanismo único de validación.

 Según el documento, se modificó el artículo 21 de la Resolución 2275 del 2023, el cual quedó así:

 "Artículo 21. Transición. Para la implementación del RIPS como soporte de la FEV en salud y el inicio de la operación de la plataforma del mecanismo único de validación, las entidades de que trata el artículo 2 de la presente resolución y este ministerio seguirán las siguientes actividades y cronograma:

Ministerio-Salud-01

Ministerio-Salud-02

Además, la norma establece que a partir del 1° de octubre del 2024 las entidades definidas en la presente resolución deben entregar el RIPS correspondiente a los servicios y tecnologías de salud prestados y facturados a partir de esta fecha.

No obstante, los prestadores de servicios de salud, las entidades responsables de pago y demás prestadores dispondrán hasta el 31 de marzo del 2025 para enviar los RIPS de las atenciones prestadas hasta el 30 de septiembre del 2024.

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