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Minjusticia anuncia proyecto de ley para derogar normas en desuso

22 de Enero de 2013

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La ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, anunció que este año se presentará un proyecto de ley para prescindir de un número significativo de normas que no cumplen con ninguna función en la legislación actual.

 

Dicha labor se realizará por medio del Comité para la Depuración y Racionalización del Ordenamiento Jurídico Colombiano, constituido con el fin de asegurar que la función normativa del Estado sea coherente, racional y simplificada, y les ofrezca seguridad jurídica a los ciudadanos.

 

“Este ejercicio trazará los lineamientos y estrategias conjuntas para la depuración del ordenamiento jurídico colombiano, suprimiendo del mismo las leyes y demás normas que se encuentren en desuso o que hayan cumplido con la función específica para la que fueron creadas”, señaló Correa.

 

De acuerdo con la ministra, se estima que en Colombia se expiden 868 leyes y decretos al año, lo que ha suscitado una “hiperinflación normativa”. Debido a esto, hoy se cuenta con más de 20.000 registros de normas, sin contar resoluciones y directivas presidenciales, varias de las cuales ya no son aplicadas.

 

“Vamos a seleccionar grupos de leyes y decretos por periodos de tiempo de cinco años. La idea es que al final del año el producto sea un decreto que derogue todas estas normas que están en desuso, así como un proyecto de ley para derogar las leyes que están absolutamente obsoletas y que no tienen ninguna aplicación”, agregó el viceministro de Promoción a la Justicia, Miguel Samper Strouss.

 

Los siguientes son ejemplos de algunas leyes que serían eliminadas del ordenamiento jurídico:

 

Código Civil, art. 696Propiedad de las abejas. “Las abejas que huyen de la colmena y posan en árbol que no sea del dueño de ésta, vuelven a su libertad natural, y cualquiera puede apoderarse de ellas y de los panales fabricados por ellas, con tal que no lo haga sin permiso del dueño en tierras ajenas, cercadas o cultivadas, o contra la prohibición del mismo en las otras; pero al dueño de la colmena no podrá prohibirse que persiga a las abejas fugitivas en tierras que no estén cercadas ni cultivadas”.

 

Código Civil, artículo 1180. Cosas incluidas en el legado de carruaje. “Si se lega un carruaje de cualquiera clase, se entenderán legados los arneses y las bestias de que el testador solía servirse para usarlo, y que al tiempo de su muerte existan con él”.

 

Código Civil, artículo 1181. Animales incluidos en el legado de rebaño. “Si se lega un rebaño, se deberán los animales de que se componga al tiempo de la muerte del testador, y no más”.

 

Código de Régimen Político y Municipal, artículo 309. “En general, los empleados con jurisdicción, que extiendan sus funciones a toda la República, pueden castigar a los que les desobedezcan o falten al debido respecto, con penas correccionales, consistente en multas hasta de ciento pesos y arresto hasta por quince días; si sus funciones se extienden a varias provincias de uno o de diversos departamentos, las multas no pueden exceder de cincuenta pesos, ni el arresto de ocho días; si funcionan en varios pueblos de una misma o diversas provincias, la multa no excederá de veinticinco pesos ni el arresto de cinco días; y finalmente, si funcionan en un mismo municipio, la multa no excederá de diez pesos ni el arresto de tres días, salvas en todo caso las disposiciones especiales de la ley”.

 

Ley 21 de 1913. “Por la cual se aprueba un acuerdo sobre telégrafos”.

 

Ley 84 de 1913. “Por la cual se declaran libres de producción y comercio del alcohol desnaturalizado y de los vinos de producción nacional”.

 

Ley 119 de 1919. En su artículo 21, esta norma establece que el Estado “debe enviar anualmente a tres estudiantes al extranjero para prepararse en temas de silvicultura”.

 

Para más información sobre este tema, consulte La dispendiosa tarea de derogar lo inútil.

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