30 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Medidas para proteger tierras de El Catatumbo

30 de Enero de 2025

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El Ministerio de Agricultura adoptó medidas para proteger tierras, territorios y activos rurales y prevenir la acumulación y el acaparamiento en la zona de El Catatumbo.

Se busca mitigar los efectos del orden público sobre la titularidad y tenencia de tierras de campesinos, pequeños y medianos productores. Además, pretende restablecer los derechos de las víctimas y personas desplazadas.

Se diseñarán programas especiales para la adjudicación de tierras y líneas de crédito que prioricen a desplazados. Asimismo, la Unidad de Restitución de Tierras llevará un registro de predios rurales abandonados por desplazados y alertará a las autoridades competentes para prevenir enajenaciones ilegales. (Lea: Gobierno suspendió procesos judiciales de créditos agropecuarios en El Catatumbo)

A pesar de las restricciones, las medidas de protección no suspenderán los procesos de formalización de tierras, siempre y cuando el beneficiario sea el mismo titular de derechos. Las entidades notariales deberán acatar esta norma, absteniéndose de otorgar escrituras públicas sobre predios registrados como abandonados.

Por otro lado, el Gobierno dará prioridad en los procesos de retorno y reubicación a los desplazados que deseen habitar tierras en zonas de reserva campesina o predios rurales obtenidos mediante extinción de dominio. La Agencia Nacional de Tierras establecerá un programa para intercambiar tierras de desplazados por otros predios en diferentes zonas del país, mientras que el Fondo Agropecuario de Garantías otorgará garantías del 100 % para los proyectos productivos de las personas desplazadas.

Además, se facilitará el retorno de las comunidades afectadas por el orden público mediante la disposición de inmuebles de vocación agropecuaria, que podrán ser destinados a albergue temporal, proyectos de vivienda rural o para el inicio de proyectos productivos. Las entidades públicas podrán disponer de estos bienes de forma gratuita o parcialmente gratuita, priorizando la estabilidad de las familias afectadas y la reincorporación de excombatientes.

Finalmente, se autoriza la expropiación por vía administrativa para concluir los procesos en curso de adquisición directa de predios en los programas especiales de dotación de tierras cuando fuese necesario para garantizar los procesos de retorno y estabilización víctima de desplazamiento forzado y la reincorporación a la vida civil de excombatientes.

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