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General


Inaplican acuerdo que prorrogaba indefinidamente cargos de descongestión en Corte Suprema

Estos planes deben ser transitorios y establecer los términos precisos de inicio y terminación, advirtió el Consejo de Estado.
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22 de Abril de 2013

El Consejo de Estado advirtió que los planes de descongestión judicial no pueden ser indeterminados en el tiempo. Por esa razón, inaplicó por inconstitucional el acuerdo en el que la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura prorrogó la permanencia de magistrados auxiliares de descongestión asignados a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sin precisar la caducidad.

 

La Sección Segunda indicó que si bien la entidad accionada tiene facultades para incorporar funcionarios mediante planes de descongestión, estos deben ser transitorios y establecer los términos precisos de inicio y terminación de la medida.

 

La decisión resuelve a una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un exmagistrado auxiliar de descongestión vinculado a la Sala Penal, quien tuvo que abandonar su cargo por la terminación del acuerdo que había permitido su incorporación, sin que se hubiera tenido en cuenta que, antes de la fecha de culminación del plan, se había producido un nuevo acuerdo que prorrogaba la existencia del cargo de manera indefinida.

 

Como la salida del funcionario se dio por falsa motivación, el alto tribunal anuló esta decisión. Sin embargo, negó el reconocimiento del restablecimiento del derecho, ya que este se derivaba de un acto administrativo ilegal e inconstitucional.

 

(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000232500020090061401 (048212), mar. 7/13, C. P. Gustavo Gómez Aranguren)

 

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