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General


Gobierno pone límites a “tutelatones”

Todas las acciones que persigan proteger los mismos derechos fundamentales se asignarán al despacho judicial que asuma el conocimiento de la primera.
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18 de Septiembre de 2015

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El Ministerio de Justicia adicionó el Decreto 1069 del 2015, único reglamentario del sector, para fijar las reglas de reparto de acciones de tutela masivas, conocidas popularmente como “tutelatones”.

 

De esta manera, las acciones que persigan la protección de los mismos derechos fundamentales, presuntamente amenazados o vulnerados por una sola y misma acción u omisión de una autoridad pública o un particular, se asignarán, todas, al despacho judicial que, según las reglas de competencia, hubiese avocado el conocimiento de la primera de ellas.

 

Así mismo, a dicho despacho se remitirán las acciones de amparo constitucional de iguales características que con posterioridad se presenten, incluso después del fallo de instancia.

 

En cuanto a la remisión del expediente, la norma indica que recibido el informe de contestación con la indicación de haberse presentado otras que cumplan con las características antes mencionadas, el juez de tutela al que le hubiese sido repartida la acción remitirá el expediente, dentro de las 24 horas siguientes, al juez que, según dicho informe, haya avocado conocimiento en primer lugar.

 

Para mantener una distribución equitativa de procesos, las oficinas o despachos de reparto contabilizarán las acciones de tutela asignadas y adoptará las medidas pertinentes. El juez de tutela que reciba los mecanismos de protección podrá acumular los procesos hasta antes de dictar sentencia, para fallarlos todos en la misma providencia.

 

(Minjusticia, Decreto 1834, sep/16/2015 )

 

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