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Corte Constitucional devuelve nuevamente proyecto de ley sobre participación democrática

30 de Enero de 2014

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Nota:
21893

En su segunda reunión de Sala Plena, la Corte Constitucional estudió seis expedientes, entre los que se destaca la devolución al Congreso del proyecto de ley que busca establecer nuevas condiciones para la participación democrática (P. L. 227/12S-134/11C).

 

Esta es la segunda vez que la corporación ordena retomar el trámite legislativo de la iniciativa, pues, en la Sala del 17 de junio del 2013, había concluido que la propuesta contiene un vicio subsanable en el acta de votación.

 

En esta ocasión, la Corte determinó que, si bien se corrigió el acta, no se surtió nuevamente el proceso conciliatorio, que era lo procedente para cumplir todos los requisitos.

 

De otro lado, el alto tribunal le dio su visto bueno al artículo 40 parcial de la Ley 1437 del 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y del Contencioso Administrativo), que impide presentar recursos contra el auto de pruebas que se expida en sede administrativa. A su juicio, ese tipo de medidas son propias de la libertad de configuración que tiene el legislador para fijar las características de los procesos que se adelantan por vía gubernativa.

 

Así mismo, concluyó que la notificación de la plusvalía a través de diarios de circulación en los respectivos entes territoriales solo puede ser un mecanismo alternativo a la notificación personal y por correo. En esos términos, la Sala Plena declaró condicionalmente exequible el artículo 81 parcial de la Ley 388 de 1997, que regula este trámite.

 

Sobre la posibilidad de que el transporte privado sea contratado con empresas públicas si las privadas carecen de equipos propios, la Corte sostuvo que no viola el régimen legal existente. Para la Sala, el inciso 2º del artículo  5° de la Ley 336 de 1996 no excede los límites impuestos por la Constitución, ya que en la prestación de este tipo de servicios debe primar la seguridad del usuario y otros aspectos, como su comodidad.

 

Finalmente, la declaró exequibles la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ley 1661 del 2013) y la enmienda al Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación (Ley 1623 del 2013).

 

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