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General


Corte Constitucional corrige sentencia que declaró exequible Sistema General de Regalías

De acuerdo con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, este tipo de errores pueden ser corregidos en cualquier tiempo.
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25 de Febrero de 2013

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En las consideraciones de la Sentencia C-317 del 2012, la Corte Constitucional afirmó que condicionaría la exequibilidad del Acto Legislativo 5 del 2011, que estableció el Sistema General de Regalías, en el entendido de que la ley que lo desarrollara debía cumplir con los requisitos señalados en un párrafo del fallo, pero esto no fue reproducido en la parte resolutiva.

 

Por ello, la corporación ordenó suprimir el apartado del párrafo 8° del numeral 4.2.2 de la decisión, que contenía esa afirmación, pues se derivó de un error por omisión, que podría influir en el entendimiento de la parte resolutiva, al ser incompatible con la providencia.

 

De acuerdo con el auto, publicado recientemente, cuando se produzcan errores de este tipo, se puede aplicar el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, que señala que pueden ser corregidos en cualquier tiempo.

 

(Corte Constitucional, Auto 247, oct. 24/12, M. P. María Victoria Calle)

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