General
Corte avala que colombianos con doble nacionalidad no puedan acceder a carrera diplomática
22 de Septiembre de 2015
La limitación establecida para que colombianos por nacimiento que tengan doble nacionalidad ingresen a la carrera diplomática o consular no configura una distinción desproporcionada que vulnere el derecho de igualdad.
Bajo esos argumentos, la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 20 del Decreto 274 del 2000, por el cual se regula el servicio exterior del Estado y la carrera diplomática o consular.
En criterio de la corporación, la especificidad de la carrera diplomática justifica tal exigencia, pues las personas que ingresen deben desarrollar una política internacional que preserve los intereses del Estado y mantener especial reserva frente a los asuntos reservados al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Además, argumentó que tener doble nacionalidad podría generar eventuales conflictos de interés, lo cual evidencia que no están en la misma situación los nacionales colombianos por nacimiento sin doble nacionalidad frente a los excluidos de la carrera.
(Corte Constitucional, Comunicado Sentencia C-601, 9/16/2015, M.P. Mauricio González Cuervo)
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