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Actualizan procedimiento de acceso y análisis de información de tecnologías en salud

Este procedimiento será responsabilidad de los agentes del SGSSS.
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08 de Mayo de 2024

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El Ministerio de Salud actualizó el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud y servicios complementarios no financiados con recursos de la UPC.

Según el documento, la prescripción de las tecnologías en salud o servicios complementarios de que trata este acto administrativo será realizada por el profesional tratante, el cual debe hacer parte de la red de prestadores definida por la EPS o entidad adaptada, a través de la herramienta tecnológica Mipres, que opera mediante la plataforma tecnológica Sispro con diligenciamiento en línea. (Lea: Establecen reglas para asignar recursos que se ejecutan mediante transferencias)

Así pues, el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud o servicios complementarios será responsabilidad de los agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La presente norma aplica a las EPS, entidades adaptadas, prestadores de servicios de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales de la salud, profesionales de la salud independientes, proveedores de tecnologías en salud y servicios complementarios, así como a agentes o entidades recobrantes que suministren tecnologías en salud y servicios complementarios y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).

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