Actualizan procedimiento de acceso y análisis de información de tecnologías en salud
Este procedimiento será responsabilidad de los agentes del SGSSS.08 de Mayo de 2024
El Ministerio de Salud actualizó el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud y servicios complementarios no financiados con recursos de la UPC.
Según el documento, la prescripción de las tecnologías en salud o servicios complementarios de que trata este acto administrativo será realizada por el profesional tratante, el cual debe hacer parte de la red de prestadores definida por la EPS o entidad adaptada, a través de la herramienta tecnológica Mipres, que opera mediante la plataforma tecnológica Sispro con diligenciamiento en línea. (Lea: Establecen reglas para asignar recursos que se ejecutan mediante transferencias)
Así pues, el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud o servicios complementarios será responsabilidad de los agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La presente norma aplica a las EPS, entidades adaptadas, prestadores de servicios de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales de la salud, profesionales de la salud independientes, proveedores de tecnologías en salud y servicios complementarios, así como a agentes o entidades recobrantes que suministren tecnologías en salud y servicios complementarios y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).
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