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Suspensión provisional de sanción a Petro requiere conciliación prejudicial: Procuraduría (10:35 a.m.)

97002

02 de Mayo de 2014

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La Procuraduría General de la Nación le pidió al Consejo de Estado inadmitir la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, contra el fallo de destitución e inhabilidad de 15 años. Alternativamente, le sugirió que se abstenga de decidir las medidas cautelares contra los efectos del fallo, hasta tanto no se agote el requisito de procedibilidad que, a juicio del Ministerio Público, se evidencia en la falta de conciliación prejudicial. Según sus conclusiones, por tratarse de una demanda con pretensiones económicas, debe considerarse que la procedibilidad de la acción depende del adelantamiento de la mencionada etapa previa; añadió que aunque el artículo 613 del Código General del Proceso exceptúe de esta obligación a las demandas en las que se soliciten medidas cautelares, el caso no es aplicable, pues si bien el requerimiento cautelar tan solo va encaminado a procurar la suspensión de los efectos de una sanción disciplinaria, hay pretensiones patrimoniales en el fondo de la demanda,.

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